This is not an Aventura Isles HOA official page. It is hosted, operated and maintained by Ido Navot and should be used by owners who wish to vote YES on the proposed amendments

Explicación de las enmiendas propuestas

Vote YES a los Exhibit A, Exhibit B y Exhibit C. Nuestra meta es obtener al menos 327 votos YES de cada propuesta, con un voto por lote con derecho a votar. Estas enmiendas facilitarían que los propietarios actualicen los documentos rectores y que las asambleas de miembros puedan desarrollar sus funciones.

Special membership meeting
October 6, 2026, at 6:15 PM, or immediately following the Special Board Meeting
Location
Aventura Isles pool area, 605 NE 193 Street, Miami, Florida 33179

Continue to sign the proxy

Por qué pedimos este cambio

El promotor inmobiliario impuso los documentos rectores originales antes de que la mayoría de los propietarios se mudaran a Aventura Isles o incluso compraran aquí. Algunas disposiciones son anticuadas, genéricas o inadecuadas para nuestra comunidad; otras se contradicen. Algunos párrafos están mal redactados y deben revisarse para reflejar claramente su finalidad y servir a los intereses de los miembros. Los propietarios necesitan una forma práctica de aprobar estas mejoras.

Lo ideal sería contar habitualmente con suficientes miembros para lograr la aprobación de más del 50% de todos los miembros. En realidad, la participación en la mayoría de las reuniones es muy baja, y alcanzar incluso el quorum del 30% ha resultado casi imposible. Una propuesta puede tener un amplio apoyo entre los participantes y aun así fracasar porque demasiados propietarios no participan.

Qué cambia cada Exhibit

El Exhibit A modifica la sección 11.1 de la Declaración (Declaration) para que, en general, las enmiendas requieran la aprobación de la mayoría de los lotes representados en una reunión con quorum. Conserva la protección de las disposiciones que exigen una votación superior: ese requisito no puede reducirse ni eliminarse sin los votos exigidos para esa acción.

El Exhibit B aplica el mismo cambio general a las enmiendas de los Artículos de Incorporación (Articles of Incorporation): sustituye la aprobación de la mayoría de todos los miembros por la de la mayoría de los lotes representados en una reunión con quorum.

El Exhibit C reduce el quorum general al 20% de los lotes, representados en persona o mediante poder. También cambia el requisito general para modificar los By-Laws a la mayoría de los lotes representados en una reunión con quorum. Siguen vigentes los demás requisitos legales y de los documentos.

Los propietarios seguirían decidiendo

Estas enmiendas no otorgan a la Junta nueva autoridad para modificar los documentos por sí sola. Ofrecen a los miembros participantes una forma más práctica de decidir mediante el voto. Aprobarlas ahora cambiaría el procedimiento; no aprobaría cambios futuros que aún no se hayan especificado.

Las futuras reuniones sobre enmiendas deberán seguir cumpliendo la ley estatal y nuestros documentos, incluidos el aviso previo a todos los propietarios, los materiales exigidos y los procedimientos de votación. El aviso podrá enviarse por correo, entregarse o transmitirse electrónicamente cuando la ley lo permita. Los propietarios conservarán la oportunidad de revisar, debatir y votar cada propuesta.

La participación sigue siendo importante

La baja participación ha hecho casi imposible alcanzar el quorum y celebrar elecciones de la Junta, incluso cuando los propietarios consideraban que esta no cumplía sus expectativas. Un quorum menor haría mucho más viable celebrar esas elecciones y daría a los propietarios una oportunidad práctica de elegir a sus directores. Cuantos más propietarios participen, mejor reflejarán las decisiones a nuestra comunidad.

Revise el paquete oficial y marque YES por separado en las tres propuestas. Continúe en este sitio web para completar y firmar electrónicamente el limited proxy, o preséntelo según las instrucciones siguientes.

Preguntas y respuestas

¿Qué es el quorum y en qué se diferencia de la aprobación?
El quorum es la participación mínima necesaria para que una reunión pueda desarrollar sus funciones. La propuesta fija el quorum general en el 20% de los lotes, representados en persona o mediante poder. Las enmiendas futuras ordinarias requerirían votos YES de más de la mitad de los lotes representados.
¿El quorum actual es del 30%, de un tercio o del 50%?
El Exhibit C muestra un tercio en los By-Laws actuales. La ley de Florida fija el quorum en el 30%, salvo que los By-Laws establezcan menos. Por separado, el requisito actual para aprobar enmiendas exige, en general, votos YES de más del 50% de todos los miembros. La propuesta reduce el quorum al 20%.
¿Podrían 66 propietarios aprobar una enmienda futura?
No, 66 propietarios no pueden reunirse por su cuenta y aprobar un cambio. Seguirían exigiéndose la representación de al menos el 20% de los lotes y el aviso previo a todos los propietarios. Una reunión secreta de 66 propietarios no cumpliría esos requisitos. Sin embargo, si hubiera 131 lotes representados y se alcanzara el quorum, 66 votos YES podrían aprobar una enmienda ordinaria, salvo que se exigiera una mayoría superior.
¿Podría ocurrir en secreto o sin avisar a los demás?
No. Todos los propietarios deben recibir el aviso previo exigido y el proceso debe incluir los materiales de la enmienda requeridos. Los propietarios pueden revisar, debatir y votar en contra. Una participación menor puede influir en el resultado; por eso sigue siendo importante participar.
¿Esto da más poder a la Junta?
Las enmiendas no le otorgan nueva autoridad para modificar los documentos por sí sola. Facilitan que los miembros participantes decidan mediante el voto. La Junta debe seguir cumpliendo la ley y los documentos rectores.
¿Votar YES aprueba todos los cambios futuros?
No. Su voto se refiere únicamente a los Exhibit A, Exhibit B y Exhibit C. Las enmiendas futuras necesitarán su propia aprobación. Siguen vigentes las demás disposiciones, las mayorías superiores aplicables, los requisitos de consentimiento y las protecciones legales.
¿Esto nos ayudará a celebrar elecciones?
Sí. Alcanzar el quorum y celebrar elecciones de la Junta ha sido casi imposible, incluso cuando los propietarios consideraban que esta no cumplía sus expectativas. Reducir el quorum haría esas elecciones mucho más viables y ayudaría a los propietarios a exigir responsabilidad a los directores. Seguirían vigentes los procedimientos electorales aplicables.
¿Por qué buscar 327 votos YES ahora si después se necesitarán menos?
Estas propuestas deben aprobarse con los requisitos actuales. Nuestra meta es obtener al menos 327 votos YES de cada propuesta. Los requisitos reducidos propuestos no pueden utilizarse para aprobarse a sí mismos.
¿Cómo puedo votar si no puedo asistir?
Continúe en este sitio web para completar y firmar electrónicamente el limited proxy. También puede enviar su poder completo, firmado y fechado a [email protected], o entregarlo o enviarlo por correo a la Management Office, 605 NE 193 Street, Miami, FL 33179. Marque su elección en las tres propuestas. El poder debe llegar antes de pasar lista y determinar el quorum.
¿Debería asistir a la reunión especial?
Sí. Haya presentado un poder o no, le animamos a asistir el 6 de octubre de 2026 a las 6:15 PM, o inmediatamente después de la reunión especial de la Junta, en el área de la piscina de Aventura Isles, en 605 NE 193 Street, Miami, Florida 33179.

Este texto resume las propuestas. Prevalecen el texto oficial de las enmiendas y la ley aplicable. Referencia: sección 720.306 de los Estatutos de Florida. Consultar la ley

Sign your limited proxy

Choose your street, then enter the house number. When the address is on file, enter your name and email, and draw your signature. Today's date will be printed automatically.

By signing, you appoint Ido Navot as your proxyholder for the October 6, 2026 membership meeting and instruct that proxyholder to vote YES on Exhibits A, B, and C.

Miami, FL 33179 is added automatically on the signed proxy.